LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE COLONIA
ACUERDA Y DECRETA:
ACUERDA Y DECRETA:
Artículo 1°. DECLÁRASE al 25 de Mayo como “Día del Escritor Coloniense”.
Artículo 2º. INSTITÚYASE el premio Departamental “Escritor del Año”, el que se entregará como reconocimiento a la labor en beneficio de las letras a personas nativas o radicadas en el Departamento, realizadas en todos los tiempos.
Artículo 3º. El mismo se otorgará los 25 de Mayo de cada año y la nominación la realizará la Intendencia Municipal de Colonia, por medio de la Dirección de Cultura y a través de la creación de una Comisión Honoraria que atenderá en lo concerniente a este Decreto.
Artículo 4º. En este evento se podrán premiar a diferentes categorías de trabajos o escritores, según se crea conveniente.
Artículo 5º. Para el evento, la Intendencia Municipal de Colonia creará un trofeo alusivo al que le otorgará nombre.
Artículo 3º. El mismo se otorgará los 25 de Mayo de cada año y la nominación la realizará la Intendencia Municipal de Colonia, por medio de la Dirección de Cultura y a través de la creación de una Comisión Honoraria que atenderá en lo concerniente a este Decreto.
Artículo 4º. En este evento se podrán premiar a diferentes categorías de trabajos o escritores, según se crea conveniente.
Artículo 5º. Para el evento, la Intendencia Municipal de Colonia creará un trofeo alusivo al que le otorgará nombre.
Artículo 6°. Comuníquese e insértese en el Libro de Decretos de la Junta Departamental.
SALA DE SESIONES de la Junta Departamental a diez de agosto de mil dos mil siete.
RICARDO ARANDA, 1º Vicepresidente.
NELSON OYOLA, Secretario General.